Buenosdías, quería preguntarte, nos vence un contrato de alquiler de TEMPORADA, prorrogado por 2 año firmamos (septiembre 3013), ahora en el tercero la casera nos quiere subir 50€ de golpeNosotrosaconsejaríamos a un arrendador que si tiene intención de firmar un contrato de temporada, deje claro en el contrato la finalidad de ese alquiler «temporal» inferior al año, es decir, si responde a la necesidad de alojamiento durante el curso académico, o durante un desplazamiento temporal por el motivo que sea, sin que la Alalbur de los cambios políticos la duración mínima de los alquileres de vivienda ha tenido varias modificaciones recientes. A saber: A) Entre el 6 de junio de 2013 y el 6 de marzo de 2019 la duración mínima del arriendo de vivienda era de 3 años. Podía alargarse un año más si ninguna de las partes lo finalizaba antes. Diceel artículo 9 LAU lo siguiente: Artículo 9. Plazo mínimo. 1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si esta fuera inferior a cinco años, o inferior a siete años si el arrendador fuese persona jurídica, llegado el día del vencimiento del contrato, este se prorrogará obligatoriamente por plazos
JoanGarcía: “Que un contrato de temporada deba tener una duración inferior a un año es un bulo”. Muchas veces nos preguntan la diferencia entre el alquiler permanente y el alquiler temporal de una vivienda. Para poder entender muchos conceptos y matices, hoy hablamos con el fundador de Peraire Inmobiliaria, Joan García Alonso.